miércoles, 10 de agosto de 2011

SEGÚN LA FORMA JURIDICA



Atendiendo a la titularidad de la empresa y la responsabilidad legal de sus propietarios. Podemos distinguir:


• Empresas individuales: si sólo pertenece a una persona. Esta puede responder frente a terceros con todos sus bienes, es decir, con responsabilidad ilimitada, o sólo hasta el monto del aporte para su constitución, en el caso de las empresas individuales de responsabilidad limitada o EIRL. Es la forma más sencilla de establecer un negocio y suelen ser empresas pequeñas o de carácter familiar.


• Empresas societarias o sociedades: constituidas por varias personas. Dentro de esta clasificación están: la sociedad anónima, la sociedad colectiva, la sociedad comanditaria, la sociedad de responsabilidad limitada y la sociedad por acciones simplificada SAS.


Las cooperativas u otras organizaciones de economía social.

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